– La Comisión Federal de Electricidad, la CFE, me está haciendo un ajuste de luz y cobro retroactivo de 4 años que considero indebido. ¿Cómo me puedo inconformar de esta situación? –
Asesoría Legal:
Como una primera consideración, debe tomar en cuenta que si ORIGINALMENTE usted tenía celebrado un contrato (suministro de energía eléctrica) con la entonces COMPAÑÍA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO, sólo con ésta podía haber celebrado un convenio, puesto que las leyes mexicanas son claras y tajantes al afirmar que únicamente las partes que hayan hecho un contrato, podrán celebrar acuerdos (ajuste como usted le llama) sobre el mismo contrato.
El decreto (orden gubernamental) que creó la actual CFE (Comisión Federal de Electricidad), no implica o significa que AUTOMÁTICAMENTE dicha Comisión haya sustituido a la Compañía de Luz, y que ahora ella (Comisión) sea la titular del contrato original, por tanto, y de acuerdo con las leyes de nuestro país, la Comisión no tenía legitimación (incumbencia) para hacer ajustes, y menos para determinar retroactivamente cuánto se debía y cuánto se tenía que pagar a futuro.
A partir de Agosto de 2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableció que cuando el particular tenga inconformidades respecto del suministro de electricidad, ya podrá hacer un JUICIO DE NULIDAD ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ya que como le dije, usted no firmó (originalmente) ningún contrato con CFE, y aunque lo haya firmado (pero después, es decir, se trata de un contrato nuevo y diferente), también tiene derecho a solicitar mediante un JUICIO DE NULIDAD, QUE SUS DERECHOS SEAN RESPETADOS, especialmente tratándose de cobros por demás abusivos o de la suspensión del servicio.